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    Reparto de gastos en instalación de ascensor

    Te has preguntado alguna vez cómo repartir los gastos cuando se quiere instalar un ascensor en una comunidad de propietarios?

    A menudo nos consultan en el despacho esta duda, cuando una comunidad de vecinos quiere instalar un ascensor. Decidir la cuota de participación que cada vecino tendrá que pagar para cubrir los gastos de la instalación suele ser una fuente de conflictos y discusiones internas. Para evitarlo, son muchas las comunidades que nos han pedido un estudio técnico imparcial que pueda establecer los coeficientes de participación de cada propietario para repartir los gastos en una instalación de este tipo.

    Cuando nos encontramos ante este caso, tenemos que contemplar dos métodos que se utilizan para repartir los gastos:

    - Coeficiente de superfície

    Consiste al repartir los gastos relativos a la instalación del ascensor en función de la cuota de participación establecida por el resto de gastos comunitarios. en función de la superfície de cada entidad respecto a la superficie construida total. Con este método, una oficina situada en el entresuelo y una vivienda situada en el ático, si tienen la misma superficie, pagarían lo mismo por la instalación.

    Este sistema acostumbra a aplicarse cuando la instalación del ascensor es de carácter obligatorio, con tal de dar cumplimiento a la Llei 13/2014 del 13 d’octubre d’Accessibilitat, donde en su artículo 17.1. establece lo siguiente:

    “Las zonas comunes de los edificios plurifamiliares donde residan personas con discapacidad o personas mayores de 70 años tienen que tener las condiciones adecuadas a sus necesidades de acceso a la vivienda, de comunicación y de interacción con el acceso en el edificio que resulten técnicamente posibles.”

    Ley 13/2014. Artículo 17.1.

    En este caso, dado que se trata de una actuación necesaria por imperativo legal, todos los propietarios son igualmente responsables de dar cumplimiento, de forma que resulta pertinente aplicar el coeficiente por superficie.

    - Coeficiente de altura

    Por otro lado, en caso de que la instalación del ascensor sea voluntaria, por acuerdo de una mayoría simple de propietarios, se puede aplicar una distribución de los gastos en función de un coeficiente de altura, donde se tenga en cuenta la planta donde se ubica cada entidad para establecer los coeficientes de participación.

    Actualmente, no hay ningún reglamento oficial que establezca un criterio único para definir este coeficiente. Es por este motivo que conviene contratar a un técnico cualificado que pueda establecer un criterio y aplicarlo de la forma más objetiva e imparcial posible.

    Sobre esta forma de proceder ya existe jurisprudencia, con la Sentencia del Tribunal Supremo 5726/2014 del 23 de diciembre de 2014, donde se admite que los gastos de una instalación de ascensor se pueden distribuir en función de la altura y no en base al coeficiente de participación convencional, llegando a contemplar que algunos propietarios no tengan que contribuir.

    Es un hecho notorio que en el mercado inmobiliario tiene mayor valor un piso alto con ascensor que el mismo piso sin él. En este mismo ámbito es también conocida la dificultad de vender o alquilar un piso alto sin ascensor”.

    Sentencia TS 5726/2017
    Ascensor

    Criterios para obtener el coeficiente de altura

    En García-Fraile Arquitectura hemos realizado varios estudios técnicos, a instancia de las comunidades de propietarios, para determinar los coeficientes de altura para repartir los gastos de un ascensor. Nosotros partimos de dos premisas para obtener unos valores razonables:

    1. La existencia de un ascensor aumenta el valor económico (en una futurible compra-venta) de los bienes inmuebles en función de la altura donde se ubican. Por lo tanto, hay que tener en cuenta en esta distribución la potencial revalorización de las viviendas.
    2. Podemos presumir, racionalmente, que el uso que cada vecino le dará al ascensor será dispar, en función de la planta donde se encuentre su vivienda. Por lo tanto, también hay que tener en cuenta el uso presupuesto en el cálculo.

    Por lo tanto, es necesario realizar un estudio personalizado para cada comunidad de propietarios donde se establezcan los nuevos coeficientes de participación en cuanto a la contribución en la instalación de un ascensor.

    Podéis pedirnos presupuesto de honorarios sin ningún tipo de compromiso. ¡Contáctanos!

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